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(Leído en redes sociales)

sábado, 13 de enero de 2007

OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE


Probablemente una de las cosas que peor funciona en este país es la justicia. Muchos de los males que ocurren aquí se producen por lo irrisorio que es el código penal y sobre todo la interpretación que muchos jueces hacen de ella.

Qué es más delito para los “vengadores justicieros españoles”?:
a- Juan fotocopia una página de un libro.b.- Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película "Los Ángeles de Charlie".RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal Sería la "a" puesto que la reproducción, incluso parcial, sería un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en relación con el artículo 147 del Código Penal.

a.- Alfonso se descarga una canción de Internet.b.- Alfonso decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito sino una simple falta (art. 623.1 CP).


a.- Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas diciéndole que es el "Kill'em All" de Metallica.b.- Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave a tenor del artículo 630 del Código Penal.


Cómo me gusta nuestro Código Penal, que, por cierto, acaba de dejar al Farruquito ese en la calle después de:(1) matar a un tío;(2) abandonarlo en la calle como un perro;(3) conducir sin carnet;(4) conducir sin seguro;(5) convencer a su hermano para que mintiera a la policía y se autoinculpase.


Todo esto son supuestos que pueden dar lugar a la risa pero hay tantas y tantas cosas que dan lugar al lloro en vez de a la risa. Desde la ley antiterrorista hasta a cualquier aplicación de la ley en supuestos de acoso, maltrato etc. Alguien se quedaría sentado conforme si a una persona cercana le ocurriera algo y los “juececitos” de la risa aplicaran su injusta justicia? Eso pasa en muchos lugares, recientemente en Bolivia el pueblo se tomó la justicia por su mano viendo como un ladrón no paraba de hurtarles una y otra vez sin movimiento policial ni por supuesto judicial. En otros países lo más lógico es la existencia de patrullas vecinales viendo la ineficacia policial, judicial y penal. Si siguen así todo esto puede desembocar en la ley del oeste, de ojo por ojo, diente por diente. Siempre está el que dice después, “no puedes hacer eso que te pones a la altura de ellos”. Y supongo que cuando estás en uno de esos casos dirías, pues vale pues me pongo. ¿Es normal que la justicia española se cruce de brazos ante la sonrisa bobalicona de un etarra metido entre cristales riéndose y mofándose de las familias de sus víctimas? O todo es para que la tele que grababa suba su audiencia? Igual que en todas las facetas, oficios, profesiones se pagan los errores por qué no se pagan en esta parcela?. Ya es hora de no mirar para otro lado y sólo decir “qué sinvergüenzas” y diferenciar entre NEGLIGENCIA y RENDIMIENTO.

1 comentario:

deniman dijo...

Recomiendo fervientemente la lectura de "Copia este libro" de David Bravo, que es de dónde han salido estos ejemplos.
Lo que David siempre pretende dejar claro al respecto (para los que no lo han leido) es que son ejemplos basados en la suposición de que la SGAE tuviera razón al decir que es un delito la copia etc.
En realidad, por ahora siguen sin usarse esas "penas" por copia etc.